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Posibles motivos de exención de responsabilidad en el derecho marítimo

Posibles motivos de exención de responsabilidad en el derecho marítimo

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El transporte marítimo es una de las actividades comerciales donde los riesgos son más frecuentes. El transportista es responsable de la pérdida, el daño o el retraso en la entrega de las mercancías desde el momento de su recepción hasta su entrega. Sin embargo, esta responsabilidad no es absoluta. El Código de Comercio turco (TTK) y los acuerdos internacionales permiten que el transportista quede exento de responsabilidad en determinadas circunstancias

En este contexto, las circunstancias en las que el transportista puede quedar eximido de responsabilidad demostrando su inocencia o acogiéndose a las excepciones previstas en la ley «motivos probables de exención de responsabilidad ». A diferencia de los motivos absolutos de exención de responsabilidad, en estos casos el transportista debe probar su inocencia o que cumplió con su deber de diligencia.


1. El concepto de posibles causales de irresponsabilidad

1.1. Definición

Los posibles motivos de exención de responsabilidad están claramente definidos en la ley y se definen como las circunstancias en las que el transportista puede quedar eximido de responsabilidad si demuestra su inocencia.

1.2. Diferencia con la irresponsabilidad absoluta

  • Inmunidad absoluta frente a responsabilidad: En casos como incendio, colisión o incidente nuclear, no se reclama la culpa del transportista; surge una inmunidad inmediata frente a responsabilidad.
  • Negligencia potencial: El transportista debe probar su ausencia de culpa o su diligencia.

2. Posibles motivos de exención de responsabilidad en el Código de Comercio turco

Los artículos 1182 y siguientes del Código de Comercio turco regulan las excepciones a la responsabilidad del transportista. Estas incluyen posibles motivos de exención de responsabilidad :

2.1. Fuerza mayor

La parte responsable podrá quedar exenta de responsabilidad en caso de sucesos imprevistos e inevitables, como terremotos, tormentas, inundaciones, tsunamis y guerras.

  • Sin embargo, la compañía transportista será responsable si se demuestra que no actuó con la debida diligencia.

2.2. Riesgos marítimos

Daños causados ​​por peligros extraordinarios en el mar (tormentas repentinas, niebla, corrientes).

  • El transportista no se hace responsable si se producen daños a pesar de una navegación adecuada.

2.3. Errores de navegación

Negligencia de la tripulación en lo que respecta a la navegación o la operación del buque.

  • Las Reglas de La Haya-Visby y el Código de Comercio turco han aceptado esta situación como fundamento para la exención de responsabilidad a favor de la parte que tiene el contrato.
  • Sin embargo, el transportista será responsable si se determina que el buque no es apto para la navegación.

2.4. Culpa del remitente o del destinatario

  • Embalaje inadecuado,
  • Declaración incorrecta o incompleta de mercancías peligrosas,
  • Se proporcionaron instrucciones de instalación incorrectas.

2.5. Características naturales de los bienes

Algunos artículos son inherentemente susceptibles al deterioro, la descomposición, la oxidación o la desecación/putrefacción. El transportista no se responsabiliza de dichos daños.

2.6. Huelgas, cierres patronales y eventos sociales

El transportista podrá quedar exento de responsabilidad en casos tales como huelgas, cierres patronales o disturbios que impidan el transporte.


3. Naturaleza jurídica de los posibles motivos de exención de responsabilidad

  • La carga de la prueba recae sobre quien la presenta.
  • El transportista quedará eximido de responsabilidad si demuestra que se produjo alguna de estas circunstancias y que cumplió con su deber de diligencia.
  • Sin embargo, el transportista no puede beneficiarse de esta protección si es culpable de negligencia grave o actuó intencionalmente

4. Responsabilidad potencial en virtud de las normas internacionales

4.1. Reglas de La Haya-Visby

Se prevé una amplia gama de posibles motivos de exención de responsabilidad a favor del transportista (incluidos los errores de navegación).

4.2. Reglas de Hamburgo

Se ha incrementado la responsabilidad del transportista y se han restringido los motivos de exención de responsabilidad. En particular, las Reglas de Hamburgo por negligencia del conductor .

4.3. Reglas de Rotterdam

Se trata de una normativa moderna que también abarca el transporte multimodal. Se ha reforzado el deber de diligencia del transportista y se han limitado las posibles causas de negligencia.


5. Posible irresponsabilidad a la luz de las decisiones del Tribunal Supremo

En la práctica del Tribunal Supremo de Apelaciones:

  • Al parecer, si se producen daños debido a tormentas y condiciones climáticas adversas , y se demuestra que la compañía transportista no tomó las precauciones necesarias, esta será considerada responsable
  • embalaje inadecuado .
  • El transportista no se responsabiliza de los daños causados ​​por causas naturales (por ejemplo, la putrefacción de frutas y verduras)
  • Sin embargo, la responsabilidad surge si el transportista no garantiza que el buque sea apto para la navegación (por ejemplo, transportar cítricos en un buque con un sistema de refrigeración defectuoso).

6. Problemas encontrados en la práctica

  • Determinación de la responsabilidad: Es difícil determinar si el daño fue realmente consecuencia de una probable irresponsabilidad o de la negligencia del transportista.
  • Relación de seguros: Conflictos de cobertura entre el seguro de carga y el seguro de responsabilidad civil del transportista.
  • Transporte internacional: Debates sobre qué convenio (La Haya-Visby, Hamburgo, Rotterdam) debería aplicarse.
  • Huelgas y disturbios sociales: Si estos acontecimientos deben considerarse a favor del empleador o como fuerza mayor.

7. Evaluación

  • Entre los posibles motivos de exención de responsabilidad se encuentran importantes excepciones en el transporte marítimo que protegen al transportista de riesgos indebidos.
  • Sin embargo, el deber de diligencia del transportista se mantiene en todos los casos.
  • Si bien estas regulaciones pueden ocasionar cierta pérdida de derechos para los propietarios de la carga, el mecanismo de seguros compensa estas pérdidas.
  • Las sentencias del Tribunal Supremo generalmente han evolucionado para proteger al propietario de la carga, sometiendo a un escrutinio riguroso la responsabilidad del transportista.

Conclusión

En derecho marítimo los posibles motivos de exención de responsabilidadson circunstancias excepcionales que limitan, pero no eliminan por completo, la responsabilidad del transportista.

  • El transportista queda eximido de responsabilidad si demuestra su inocencia en casos tales como fuerza mayor, riesgos marítimos, negligencia durante la navegación, culpa del remitente o características inherentes a las mercancías.
  • A diferencia de los motivos de exención absoluta de responsabilidad, en este caso el transportista debe demostrar que cumplió con su deber de diligencia.
  • Estos motivos están regulados en diversos grados por las normativas internacionales, y la tendencia actual es a reducir estas excepciones.

En conclusión, el seguro de responsabilidad civil potencial es un mecanismo importante que equilibra la distribución de riesgos en el comercio marítimo y protege al transportista de cargas excesivas.

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