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Petición de anulación de la decisión de cierre temporal

Se ha solicitado una suspensión de la ejecución.

AL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
DE IZMIR

DEMANDANTE:
X Educational Institutions Inc.
(Número de identificación fiscal de la entidad jurídica: 1234567890)
Dirección: Mansuroğlu Mah. 283/5 Sk. No:18 Bayraklı / İZMİR

REPRESENTANTE:
Licenciada Irem EPÇAÇAN
Dirección: … Cd. No:… Apartamento:… Konak / IZMIR

ACUSADO:
Dirección Provincial de Educación Nacional de Izmir
Dirección: … / IZMIR

ASUNTO: Nuestra solicitud se refiere a la anulación de la orden de cierre temporal de 15 días emitida contra la Escuela Secundaria Vocacional de Salud Anatolia Privada X, propiedad de nuestra empresa cliente , y a nuestra solicitud de suspensión de la ejecución.

FECHA DE NOTIFICACIÓN: 20/09/2024

EXPLICACIONES

  1. La Dirección Provincial de Educación Nacional de Izmir, mediante carta de fecha 16/09/2024 y número 2024/9876 , nos ha informado de que se ha dictado una orden de cierre temporal por 15 días contra el Instituto Vocacional Privado de Salud Anatolia X, perteneciente a nuestra empresa cliente . (Anexo 1: Carta de la Dirección Provincial de Educación Nacional de fecha 16/09/2024, Anexo 2: Orden de cierre temporal). Esta medida es jurídicamente infundada y desproporcionada , por lo que debe ser anulada.

  1. Según la decisión de fecha 01/09/2024 y número 2024/4567 de la Dirección General de Instituciones Educativas Privadas del Ministerio de Educación Nacional ;
  • El laboratorio de prácticas de enfermería carece de algunos modelos de entrenamiento y equipos

  • Se indicó que la escuela cliente debía ser sancionada con el cierre temporal por 15 días debido a la falta de una pizarra interactiva y de algunos materiales de simulación médica en su taller de formación práctica . (Anexo 3: Decisión de la Dirección General de Instituciones Educativas Privadas del Ministerio de Educación Nacional)

  1. El Instituto Vocacional Privado X de Salud de Anatolia , propiedad de nuestra empresa cliente , obtuvo su licencia de apertura y funcionamiento mediante la resolución de fecha 15/08/2022 y número 2022/2210 de la Dirección General de Instituciones Educativas Privadas del Ministerio de Educación Nacional , e inició sus actividades tras superar todas las inspecciones y auditorías necesarias in situ. (Anexo 4: Licencia de apertura y funcionamiento)

Durante la fase de establecimiento;

  • laboratorio de práctica de enfermería,

  • Taller de primeros auxilios y habilidades básicas de salud,

  • La sala de simulación y maquetas está equipada de acuerdo con la normativa vigente; se ha proporcionado todo el equipamiento esencial para las aplicaciones incluidas en el plan de estudios

Supuestamente deficiente según la decisión del Ministerio de Educación;

  • Maniquí de entrenamiento para inyecciones de cadera,

  • Mesita de noche y camilla combinada,

  • Colchoneta de transferencia de pacientes,

  • Tableros de apoyo para los pies,

  • Bandeja de tratamiento y cinturón de sujeción,

Estos materiales ya están disponibles en la escuela, y las facturas, albaranes y registros de inventario se adjuntan a nuestro expediente. (Anexo 5: Lista de registros de inventario y ejemplos de facturas)

En cuanto a las pizarras interactivas, un proyector y una pantalla interactiva en el laboratorio, proporcionando la infraestructura tecnológica necesaria para cumplir eficazmente la misma función. El equipamiento actual de nuestra escuela cumple con el espíritu y el propósito de la normativa. Por lo tanto, las alegaciones de "deficiencias" mencionadas en el informe de inspección no reflejan la realidad.

  1. Incluso si asumimos que falta algún equipo;

  • La deficiencia puede remediarse en poco tiempo.

  • Está claro que este no es un asunto que ponga en peligro de forma inmediata y grave la seguridad de los estudiantes ni su derecho a la educación.

En este caso, la administración;

  • Primero, una advertencia:

  • Si es necesario, deberá fijar un plazo para que se subsanen las deficiencias.

Imponer una sanción tan severa como un cierre temporal directo cuando es posible resulta incompatible con los principios de proporcionalidad.

Si se implementa la decisión de cierre temporal;

  • La reputación del colegio en materia de educación se verá perjudicada.

  • Esto provocará una pérdida de confianza entre padres y alumnos .

  • Al tratarse de una escuela privada, pérdida de alumnos, rescisión de contratos e importantes pérdidas financieras .

una parte importante de estos daños está relacionada con la reputación, la confianza y la preferencia del cliente , una futura decisión de cancelación podría no compensarlos por completo.

Por lo tanto, de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo;

  • La transacción es claramente ilegal.

  • De implementarse, causaría daños difíciles o imposibles de reparar.

Se han cumplido ambas condiciones, por lo que la ejecución de la decisión de cierre temporal debe suspenderse de inmediato.

  1. la transacción en cuestión afecta directamente a las actividades educativas en curso y al derecho de los estudiantes a la educación , es de suma importancia que el plazo de defensa de la administración demandada se reduzca razonablemente de conformidad con los artículos 16 y 27 de la Ley de Enjuiciamiento Administrativo, y que el caso se examine con urgencia en lo que respecta a la suspensión de la ejecución .

EVIDENCIA

  1. Carta de la Dirección Provincial de Educación Nacional de Izmir, de fecha 16/09/2024 y número 2024/9876 (Anexo-1)

  2. Carta de decisión sobre el cierre temporal (Anexo 2)

  3. Decisión nº 2024/4567 de la Dirección General de Instituciones Educativas Privadas del Ministerio de Educación Nacional de fecha 01/09/2024 (Anexo-3)

  4. Licencia de apertura y funcionamiento del Instituto Vocacional Privado de Salud Anatolia Ege Şifa (Anexo 4)

  5. Ejemplos de registros de inventario escolar, facturas y albaranes (Apéndice 5)

  6. Defensas y apelaciones por escrito (si las hubiere) presentadas por el director de la escuela

  7. Cualquier otra prueba legal que pueda ser necesaria.

FUNDAMENTOS LEGALES

  • Ley Fundamental de Educación Nacional N° 1739

  • Ley N° 5580 sobre Instituciones Educativas Privadas

  • Normativa pertinente y legislación del Ministerio de Educación Nacional sobre instituciones educativas privadas

  • Ley N° 2577 sobre Procedimiento Administrativo

  • Principios generales del derecho administrativo (legalidad, proporcionalidad, razón y finalidad, elementos de las actuaciones administrativas).

CONCLUSIÓN Y SOLICITUD

Por las razones expuestas y explicadas anteriormente, y por otras razones legales que su Tribunal pueda considerar de oficio;

  1. El período de defensa de la administración demandada debería acortarse.

  2. La orden de cierre temporal por 15 días dictada contra la Escuela Secundaria Vocacional de Salud Anatolia Privada Ege Şifa , perteneciente a nuestro cliente, queda SUSPENDIDA de conformidad con el Artículo 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo, ya que es manifiestamente ilegal y su aplicación causaría un daño irreparable .

  3. Al concluir el juicio , la decisión de cerrar temporalmente el edificio, que era objeto de la demanda, fue ANULADA .

  4. Los costos judiciales y los honorarios de los abogados correrán a cargo de la administración del acusado

Solicito y exijo respetuosamente que se tome una decisión en nombre de mi empresa cliente.

… / … / 20…

Firma del abogado del demandante, Irem EPÇAÇAN

APÉNDICES:

  1. Ejemplo de poder notarial

  2. Carta de la Dirección Provincial de Educación Nacional

  3. Decisión de cierre temporal

  4. Decisión del Ministerio de Educación

  5. Documentos de licencia e inventario

  6. Defensa del director de la escuela (si la hubiere)

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