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Modelo de acuerdo de compromiso empresarial comercial

ACUERDO DE COMPROMISO DE EMPRESA COMERCIAL

(Para la deuda propia del propietario de la empresa – Sujeto a registro en TARES)

ARTÍCULO 1 – PARTES Y DEFINICIONES

1.1. Deudor prendario:
Título/Nombre y apellidos: ………………………………………
Número MERSİS/TR: ………………………………………
Dirección: ……………………………………………………

1.2. Acreedor garantizado (Acreedor):
Título/Nombre y apellidos: ………………………………………
N.º de identificación MERSIS/TR: ………………………………………
Dirección: ……………………………………………………

1.3. Definiciones:
a) Ley: Ley N° 6750 sobre Prendas de Bienes Muebles en Transacciones Comerciales y reglamentos relacionados.
b) TARES: Registro de Prendas de Bienes Muebles.
c) Bienes Muebles Prendados/Empresa: La empresa comercial sujeta a la prenda el Artículo 6,así como las adquisiciones presentes y futuras de sus accesorios y activos auxiliares.
d) Deuda Garantizada: el Artículo 4(intereses, comisiones, KKDF/BSMV, gastos, primas de seguros, honorarios de abogados, costos de ejecución, etc.).
e) Incumplimiento: La ocurrencia de cualquiera de los eventos especificados en este acuerdo.

ARTÍCULO 2 – OBJETO Y NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO

2.1. El deudor prendario constituye una prenda sobre su empresa comercial y la totalidad de sus bienes muebles , sin transferencia de posesión , de conformidad con las disposiciones legales , para garantizar la deuda garantizada . 2.2. La prenda se considera constituida al registrarse en TARES; la anotación de registro, el rango/orden y el alcance se especifican en este acuerdo y en los documentos de registro. 2.3. La prenda está sujeta a las disposiciones de la Ley, el Código de Obligaciones turco, el Código de Comercio turco, la Ley de Ejecución y Quiebra y demás legislación relacionada.

ARTÍCULO 3 – MONTO, CATEGORÍA Y ORDEN DE LA PROMESA

3.1. Importe máximo de la garantía prendaria: …………. TL (en letras: …………). 3.2. La garantía prendaria se establece en el rango ………… . El orden dentro del mismo rango se determina según los registros TARES. 3.3. Las partes acuerdan que el alcance de la garantía prendaria y el importe máximo se indicarán claramente en el registro.

ARTÍCULO 4 – DEUDA GARANTIZADA

4.1. Deuda principal: La deuda derivada del contrato de fecha …/…/…… y que asciende a ………… . TL .
4.2. Créditos accesorios: Todos los créditos accesorios, incluidos los intereses contractuales/de demora, gastos, comisiones, impuestos, primas de seguros, costos de ejecución y honorarios de abogados.
4.3. Deudas futuras: Las deudas adicionales/de renovación que surjan entre las partes dentro del marco de la misma relación jurídica/económica también están cubiertas por la garantía (limitada al monto máximo).

ARTÍCULO 5 – ENTREGA, POSESIÓN Y USO

5.1. La prenda sin transferencia de posesión . El deudor prendario deberá utilizar el bien mueble pignorado con diligencia .
5.2. La disposición, el intercambio, la transferencia o el consumo fuera de las actividades comerciales habituales el artículo 9 .

ARTÍCULO 6 – ELEMENTOS INCLUIDOS EN EL COMPROMISO (ALCANCE)

Los siguientes elementos, junto con sus accesorios y complementos, están cubiertos por el gravamen (si corresponde, la información de marca/modelo/número de serie/ubicación debe enumerarse individualmente):

a) Nombre comercial: …………………………………
b) Nombre de la empresa: ………………………………………
c) Marcas registradas/Propiedad intelectual registrada: (Marcas, patentes, diseños, nombres de dominio, etc.) ……………
d) Maquinaria, equipo e instalaciones: (Lista/número de serie/ubicación) ……………
e) Existencias/Inventario: (Tipo, cantidad, tasa de rotación) ……………
f) Cuentas por cobrar comerciales: (Actuales y futuras; excluyendo aquellas sujetas a prohibición de cesión) ……………
g) Ingresos por alquiler: (Si los hubiera) ……………
h) Licencias/franquicias/derechos de distribución: (Aquellos aptos para transferencia/prenda) ………
i) Vehículos (para fines comerciales): (Matrícula/número de chasis; verificación de prohibición de prenda/prenda) ………
j) Otros bienes muebles: ……………

Nota: El alcance final de la prenda Anexo 1 (Lista de Activos) y el registro TARES. Se excluyen los bienes sujetos a prohibición de prenda.

ARTÍCULO 7 – OBLIGACIONES DE SEGURO

7.1. El deudor prendario está obligado a asegurar los bienes muebles cubiertos por la póliza a su valor total (según los costos de renovación) contra los riesgos apropiados y a incluir una cláusula de gravamen/beneficiario en las pólizas a favor del acreedor garantizado . 7.2. Se proporcionan al acreedor garantizado modelos de pólizas y renovaciones ; si no se realiza la renovación, el acreedor garantizado puede contratar un seguro, cuyas primas y gastos se añadirán a la deuda del deudor prendario . 7.3. Las indemnizaciones se pagan al acreedor garantizado y se compensan con la deuda; si hay un déficit, el deudor prendario paga la diferencia inmediatamente.

ARTÍCULO 8 – DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y AUDITORÍA

8.1. El deudor prendario deberá proporcionar sus estados financieros, inventarios/recuentos de activos, documentos de mantenimiento y reparación, y pólizas de seguro cuando se le soliciten. 8.2. El acreedor garantizado podrá realizar observaciones/inspecciones en las instalaciones comerciales durante un período de tiempo razonable .

ARTÍCULO 9 – COMPROMISOS NEGATIVOS (OBLIGACIONES NEGATIVAS)

9.1. Sin el consentimiento por escrito del Acreedor Garantizado, el Deudor Pignorante no podrá: (a) transferir los bienes muebles pignorados ni establecer otras obligaciones reales como la prenda/cesión; (b) trasladar el negocio a una dirección diferente y registrar el cambio de dirección con TARES dentro de los 10 días; (c) realizar alteraciones que afecten significativamente la accesibilidad/operación sin notificación previa. 9.2. Las ventas/transferencias realizadas como parte de las operaciones comerciales normales se consideran transferencias de inventario y no están sujetas a esta prohibición; sin embargo, se requiere aprobación previa por escrito para las enajenaciones masivas que tengan un impacto negativo



ARTÍCULO 10 – OBLIGACIONES POSITIVAS (PACTOS POSITIVOS)

10.1. El deudor prendario deberá mantener los bienes pignorados en buen estado y realizar el mantenimiento y las calibraciones necesarias.
10.2. En caso de reclamación por parte de terceros, el deudor prendario deberá informar inmediatamente al acreedor garantizado y tomar las medidas necesarias para resolver la reclamación.
10.3. Los cambios de domicilio, titularidad y actividad comercial deberán notificarse en un plazo de 10 días y registrarse si fuera necesario.

ARTÍCULO 11 – DECLARACIONES Y GARANTÍAS

11.1. El deudor prendario declara que se han obtenido debidamente todas las autorizaciones (incluidas las decisiones del consejo de administración/asamblea de accionistas) relativas a la constitución, transferencia e inscripción de la prenda. 11.2. Si existen gravámenes/gravámenes preexistentes sobre el objeto de la prenda, estos se indican en el Anexo 2 (Lista de gravámenes existentes) de conformidad con los registros TARES . 11.3. Se declara que no existen restricciones judiciales/administrativas que impidan la constitución de la prenda.

ARTÍCULO 12 – CIRCUNSTANCIAS DE INCUMPLIMIENTO

Se considerará que existe incumplimiento si ocurre alguno de los siguientes eventos: (a) Falta de pago de la deuda garantizada a tiempo; (b) Incumplimiento de los términos de este acuerdo (especialmente los artículos 7, 8, 9 y 10); (c) Inicio de procedimientos de insolvencia, quiebra, liquidación o similares contra el deudor prendario ; (d) Deterioro significativo, pérdida o disposición de los activos pignorados; (e) Incumplimiento de las obligaciones de seguro.




ARTÍCULO 13 – CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO Y LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA

13.1. En caso de incumplimiento, el Acreedor Garantizado podrá, de conformidad con las disposiciones de la Ley y la Ley de Ejecución y Quiebra, exigir : (a) la entrega y liquidación de los bienes muebles pignorados , (b) la aplicación de métodos de venta de conformidad con los registros TARES , (c) el pago inmediato de la deuda junto con sus créditos accesorios. 13.2. El producto de la venta se compensará con la deuda, cubriéndose primero los gastos; cualquier saldo restante se devolverá al Deudor Prendario. 13.3. El Acreedor Garantizado se reserva sus derechos de prelación derivados de la ley. 13.4. En caso de mora, se aplicarán intereses contractuales/de mora a las tasas máximas estipuladas en el contrato/ley, con la prohibición de interés compuesto.






ARTÍCULO 14 – REGISTRO, MODIFICACIÓN Y CANCELACIÓN

14.1. La prenda entra en vigor al registrarse en TARES . 14.2. Las modificaciones al alcance, rango, importe de la deuda y demás aspectos de la prenda se validan con un registro adicional . 14.3. En caso de liquidación de la deuda, el acreedor garantizado deberá llevar a cabo los trámites de cancelación en un plazo razonable ; el deudor prendario correrá a su cargo los gastos razonables.

ARTÍCULO 15 – GASTOS, IMPUESTOS Y HONORARIOS

15.1. Todos los gastos de registro, modificación, cancelación, notaría, seguro y demás correrán a cargo del deudor prendario . 15.2. Los gastos de cobro/ejecución y los honorarios de abogados se añadirán a la deuda garantizada.

ARTÍCULO 16 – NOTIFICACIONES

16.1. Las direcciones de las partes son las indicadas en el Artículo 1. Las notificaciones escritas se enviarán a estas direcciones; las notificaciones enviadas a las direcciones anteriores seguirán siendo válidas a menos que se notifiquen cambios por escrito. 16.2. Direcciones de KEP/notificación electrónica (si las hubiera): …………………………

ARTÍCULO 17 – PRIVACIDAD Y DATOS PERSONALES

17.1. Las partes mantendrán la confidencialidad de los secretos comerciales adquiridos en virtud del presente acuerdo.
17.2. Los datos personales se tratarán de conformidad con la Ley N° 6698 sobre la Protección de Datos Personales y la legislación conexa, y se limitarán a los fines de cumplimiento de las obligaciones legales y el cobro de deudas.

ARTÍCULO 18 – TRANSFERENCIA Y CESIÓN

18.1. El acreedor garantizado podrá transferir su crédito y su condición de acreedor garantizado conforme a la ley; dicha transferencia deberá registrarse en TARES.
18.2. El deudor prendario no podrá transferir sus derechos y obligaciones derivados del presente acuerdo sin el consentimiento por escrito del acreedor garantizado.

ARTÍCULO 19 – FUERZA MAYOR

19.1. Los eventos de fuerza mayor que escapan al control de las partes solo retrasarán el cumplimiento de las obligaciones afectadas por este evento; la parte deberá notificar inmediatamente el retraso y tomar las medidas necesarias para mitigar sus efectos.

ARTÍCULO 20 – CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE

20.1. El presente acuerdo se regirá por la legislación turca . 20.2. En caso de controversias, los tribunales y oficinas de ejecución de Estambul (Çağlayan) tendrán jurisdicción (para transacciones comerciales que no se consideren transacciones de consumo).

ARTÍCULO 21 – ENTRADA EN VIGOR, DURACIÓN Y FIRMA

21.1. Este acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma por las partes y continuará vigente hasta la liquidación total de la Deuda Garantizada. 21.2. Este acuerdo se ha redactado en dos copias el …/…/…… 21.3. Una vez completado el registro en TARES, las disposiciones relativas a la prenda entrarán en vigor a partir de la fecha de registro.


APÉNDICE 1: Lista de activos incluidos en la garantía (detallada)

  • Maquinaria/Equipo/Activo fijo (tipo-modelo-número de serie-ubicación)

  • Existencias/Inventario (grupos, cantidad, método de valoración)

  • Activos de propiedad intelectual (número de marca/patente, clase, autoridad de registro)

  • Vehículos (matrícula, número de chasis)

  • Cuentas por cobrar comerciales (marco breve: aquellas que no están sujetas a prohibición de cesión)

  • Otros (derechos de licencia/distribución, etc.)

APÉNDICE 2: Lista de gravámenes y obligaciones existentes (si los hubiere)

  • N.º TARES, grado, acreedor, alcance, fecha

APÉNDICE 3: Pólizas de seguro y anotaciones a favor del acreedor garantizado

  • Número de póliza, riesgos, importe asegurado, plazo

APÉNDICE 4: Documentos de autorización corporativa

  • Decisiones del Consejo de Administración/Asamblea de Accionistas, circulares de firmas


BLOQUES DE FIRMA

DEUDOR (ACTANTE DE LA PRENDA)
Título/Nombre y Apellidos: ………………………………………
Firma/Sello: ……………………… Fecha: …/…/……

ACREEDOR GARANTIZADO
Título/Nombre y Apellidos: ………………………………………
Firma/Sello: ……………………… Fecha: …/…/……

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