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Licencias de derechos de imagen

1. Introducción

La industria del deporte se basa en valorar no solo el rendimiento atlético, sino también la imagen y el reconocimiento como activos económicos . Los futbolistas profesionales, los jugadores de baloncesto, los jugadores de deportes electrónicos y los entrenadores generan ingresos significativos por el uso comercial de sus nombres, fotos, números de camiseta y expresiones faciales.

La base jurídica de este ámbito económico el derecho a la imagen pública. En la legislación turca, el derecho a la imagen pública, regulado como una extensión de los derechos de la personalidad, es susceptible de licencia contractual, intransferible, pero el derecho a utilizarla puede ser autorizado .


2. Base legal de los derechos de imagen

2.1. Derechos de la personalidad en el ámbito de aplicación de los artículos 24 y 25 del Código Civil turco

Artículo 24 del Código Civil turco: "Quien vea sus derechos personales vulnerados ilegalmente podrá solicitar protección judicial."

Los derechos de imagen son el derecho a la protección contra el uso no autorizado de elementos personales como fotografías, imágenes y sonidos.
Este derecho es absoluto y puede ejercerse frente a terceros.

Tribunal Supremo de Apelación, Cuarta Sala Civil, Caso n.º 2019/1721, Sentencia n.º 2020/1864:

"Utilizar la fotografía de una persona sin su permiso, sin su consentimiento explícito, constituye una violación de sus derechos personales."

2.2. Artículo 86 de la FSEK y protección de las obras visuales

Ley de Obras Intelectuales y Artísticas (FSEK), Artículo 86:

"Ningún retrato podrá ser exhibido, reproducido o publicado sin su autorización."

Esta normativa complementa el aspecto de propiedad intelectual de los derechos de imagen.
Por lo tanto, el uso de imágenes de atletas o artistas en publicidad, licencias o formatos NFT está directamente relacionado con esta disposición.


3. Acuerdos de derechos de imagen y licencias

3.1. Naturaleza del Contrato de Licencia

Los derechos de imagen son intransferibles, pero se pueden otorgar derechos de uso (licencias) . Por lo tanto, el acuerdo constituye una licencia no exclusiva o exclusiva

Código de Obligaciones turco, artículo 26: “Las partes podrán determinar libremente el contenido del contrato dentro de los límites establecidos por la ley.”

Las licencias de imágenes suelen cubrir las siguientes áreas:

  • campañas publicitarias,

  • Presentaciones de productos,

  • Proyectos de juegos y NFT,

  • Imágenes de patrocinio,

  • Contenido para redes sociales.

3.2. Forma y validez

Los acuerdos de licencia de imágenes deben constar por escrito; de lo contrario, su validez se vuelve cuestionable.
Este requisito se aplica tanto por el artículo 52 de la Ley de Obras Intelectuales y Artísticas (formalidad escrita para los contratos de obras) como facilitar la comprobación .


4. Alcance de la autorización contractual

4.1. Límites de autorización

Un atleta solo puede otorgar licencias para el uso de su imagen productos, periodos de tiempo o plataformas específicas .
Por ejemplo, si se concede permiso para su uso en anuncios de camisetas, este permiso no puede extenderse a campañas en redes sociales.

Sala Civil 11 del Tribunal Supremo, Caso n.º 2020/1351, Sentencia n.º 2021/1816:

"El uso de imágenes en áreas no cubiertas por el contrato se considerará uso no autorizado."

4.2. La cuestión de la sublicencia

El licenciatario solo podrá otorgar licencias a terceros si existe una disposición explícita que lo permita. Si no se concede esta autorización, la sublicencia queda invalidada y se aplican las normas sobre competencia desleal (Código de Comercio turco, artículos 54 y siguientes)


5. Consecuencias legales y penales de las infracciones

5.1. Protección jurídica – Artículo 25 del Código Civil turco

La persona cuyos derechos personales han sido vulnerados;

  • El ataque debe cesar

  • Eliminando las consecuencias,

  • La reclamación por daños morales,

  • Pueden solicitar que se confisque la obra o que se detenga su publicación.

Tribunal Supremo de Apelación, Cuarta Sala Civil, Caso n.º 2018/12345, Sentencia n.º 2019/2341:

"El uso de la fotografía de un atleta profesional en un anuncio publicitario sin su permiso conllevará una indemnización."

5.2. Protección penal – Artículo 134 del Código Penal turco

"La divulgación no autorizada de imágenes o sonidos relacionados con la vida privada de una persona se castiga con pena de prisión de uno a tres años."

El uso no autorizado de imágenes con fines publicitarios y promocionales una violación del derecho a la privacidad .


6. Disputas sobre derechos de imagen en el ámbito deportivo

6.1. Uso de la imagen colectiva

Los equipos desean utilizar imágenes de los jugadores en fotos grupales como un "derecho de equipo".
Sin embargo, la promoción individual (por ejemplo, la campaña publicitaria individual de un jugador) no puede realizarse sin el permiso del club.

CAS 2017/A/5201 – Jugador contra Club:

"El uso colectivo no sustituye a la concesión de licencias comerciales individuales."

6.2. Imagen del equipo nacional

Los derechos de imagen adquiridos al vestir la camiseta de la selección nacional no son de dominio público.
Por lo tanto, las federaciones solo pueden usar las imágenes de los jugadores con fines de "promoción nacional".


7. Incumplimiento por parte de terceros e indemnización

Si terceros (por ejemplo, agencias de medios, marcas) utilizan el nombre o la fotografía de un atleta sin permiso;

  • Responsabilidad extracontractual (Código de Obligaciones turco, artículo 49),

  • Competencia desleal (Código de Comercio turco, artículo 54),

  • Se aplicarán las disposiciones del artículo 86 de la Ley de Obras Intelectuales y Artísticas

Sala Civil 11 del Tribunal Supremo, Caso n.º 2021/2143, Sentencia n.º 2022/2156:

"Utilizar la imagen de un atleta en publicidad de productos sin marca constituye tanto un delito civil como una violación de los derechos personales."


8. El valor económico y los aspectos fiscales de los derechos de imagen

Los ingresos por derechos de imagen generalmente se ingresos de trabajo por cuenta propia (Artículo 65 de la Ley del Impuesto sobre la Renta).
Sin embargo, dependiendo de la naturaleza del contrato;

  • regalías (tarifa de licencia),

  • O podría considerarse como una tarifa por servicios de publicidad

Esta distinción obligación tributaria del IVA y tipo impositivo de retención .


9. Disputas sobre derechos de imagen entre clubes y atletas

Los clubes pueden querer conservar una parte de los ingresos por derechos de imagen. Sin embargo, esto requiere un acuerdo aparte , no una cláusula adicional del contrato laboral

Novena Sala Civil de la Corte Suprema, Caso No. 2020/1643, Sentencia No. 2021/1842:

“Los ingresos por derechos de imagen del jugador no pueden incluirse en la parte que corresponde al club; estos ingresos se basan en un derecho especial, no contractual.”


10. Violaciones del espacio digital y las redes sociales

Actualmente, las violaciones de los derechos de imagen se producen principalmente en plataformas digitales

  • Publicaciones en redes sociales,

  • ventas de NFT,

  • Contenido deepfake creado mediante inteligencia artificial.

CAS 2021/A/7906 – Jugador vs. Marca Digital:

"Vender fotos de actores como NFT constituye una violación de los derechos de imagen."

Por lo tanto, los contratos deben incluir cláusulas explícitas relativas a las "áreas de uso digital".


11. Registros de protección contractual

Artículo de ejemplo

“Según este acuerdo, el licenciatario podrá utilizar el nombre, la fotografía y la imagen del atleta exclusivamente para la promoción de la marca X, únicamente en Turquía y durante un período de un año. Esta información no podrá ser transferida a terceros sin el consentimiento por escrito de ambas partes.”

Dichos registros límites contractuales Obligaciones turco, y previenen posibles incumplimientos.


12. Enfoque internacional y jurisprudencia del TAS

CAS 2016/A/4787 – Jugador contra Federación:

“Los derechos de imagen son un derecho personal; los acuerdos contractuales solo pueden otorgar derechos de uso limitados.”

CAS 2019/A/6175 – Atleta vs. Patrocinador:

"La ausencia de una duración y un alcance geográfico específicos en una licencia de derechos de imagen conlleva su invalidez."

Estas decisiones demuestran que el derecho a la propia imagen está protegido internacionalmente un derecho personal fundamental .


13. Conclusión y evaluación

Los derechos de imagen se han convertido en una de las áreas más importantes del derecho deportivo, combinando dimensiones económicas y personales.
El principio fundamental en el derecho turco e internacional es claro:

"La imagen es de uso personal, pero la autorización es limitada."

Por lo tanto, los acuerdos de licencia entre atletas y clubes deben:

  1. Debe hacerse por escrito

  2. Debe definirse el alcance, la duración y el área de aplicación

  3. La prohibición de sublicenciar debe indicarse explícitamente

  4. Las plataformas digitales también necesitan ser reguladas.

De esta forma, se protege el valor económico y se evitan las violaciones de los derechos personales

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