Título de blog único

Este es un único pie de foto de blog

Diferencias entre retirarse de una demanda y renunciar a una demanda

Retiro de la demanda

Una demanda judicial es un método de resolución de conflictos que utiliza una persona cuyos derechos han sido vulnerados o amenazados, con el objetivo de obtener una resolución definitiva mediante la solicitud a los órganos judiciales del Estado para la protección de sus derechos. Sin embargo, los conceptos de desistimiento y renuncia a una demanda suelen confundirse, a pesar de que las diferencias entre ambos son de suma importancia.

El desistimiento de una demanda (Artículo 123 del Código de Procedimiento Civil), también conocido como revocación de la demanda, implica que el demandante decide no continuar con el proceso, pero no renuncia a su derecho. Esto le permite volver a interponer una demanda en el futuro basándose en el mismo derecho. Para desistir de la demanda se requiere el consentimiento del demandado. Con dicho consentimiento, la demanda puede desistirse en cualquier momento antes de que la sentencia sea firme.

En cuanto a las consecuencias de retirarse de una demanda, el caso se considera como si nunca se hubiera presentado y todas las consecuencias se eliminan retroactivamente. Sin embargo, el derecho que fue objeto de la demanda permanece, por lo que es posible volver a presentar una demanda en el futuro basándose en ese derecho.

Decisión del Tribunal Supremo sobre el desistimiento de una demanda (revocación de la reclamación):

Tribunal Supremo de Turquía, Sala Civil 17, Caso
n.º 2015/12284, Sentencia
n.º 2018/6018.

“…En este caso, el tribunal debe declarar que la declaración del demandante en la demanda anterior, al reclamar una indemnización, no puede considerarse una renuncia a la esencia del derecho, y que no se trata de una renuncia, sino únicamente de la intención de retirar la demanda. En este contexto, debe considerarse que el demandante tiene derecho a interponer una nueva demanda por la misma reclamación de indemnización, puesto que no renunció a la esencia del derecho en la demanda anterior. Por estas razones, si bien se debió haber examinado el fondo del asunto y dictado una resolución adecuada, la sentencia se dictó con una valoración y un razonamiento erróneos, lo que exige su revocación.”.

CONCLUSIÓN: Se acepta la apelación del abogado de los demandantes, se revoca la sentencia y se devuelven a los demandantes apelantes los gastos judiciales pagados por adelantado. Esta decisión se tomó por unanimidad el 18 de junio de 2018.

La renuncia a un derecho (Artículo 307 del Código de Procedimiento Civil)se refiere a la renuncia voluntaria de una persona a un derecho objeto de una demanda. En este caso, quien renuncia abandona definitivamente el derecho, el cual deja de existir. La renuncia generalmente implica la extinción del derecho objeto de la demanda, impidiendo la interposición de una nueva demanda basada en el mismo derecho en el futuro. La renuncia es una declaración unilateral de voluntad y es válida sin necesidad de la aceptación del demandado. Sin embargo, debe expresarse de forma clara e inequívoca y no puede ser condicional. La renuncia a un derecho puede efectuarse en cualquier etapa del proceso hasta que la sentencia sea firme, y puede dar lugar a la imposición de costas procesales.

Decisión del Tribunal Supremo sobre la renuncia a la reclamación:

Tribunal Supremo de Turquía, Sala Civil 11, Caso
n.º 2020/6301, Sentencia
n.º 2021/2427.

“…Dado que la renuncia a una reclamación es un derecho del que las partes pueden disponer libremente, puede efectuarse hasta que la sentencia sea firme y válida, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. La declaración del abogado del demandante respecto a la renuncia a la reclamación constituye una acción que da por concluido el caso y, de conformidad con el artículo 310/3 del Código de Procedimiento Civil, el expediente debe ser devuelto al juzgado de primera instancia sin más examen, para que se pronuncie nuevamente sobre la renuncia, sin posibilidad de apelación.”.

CONCLUSIÓN: El 15 de marzo de 2021 se decidió por unanimidad que el caso se devolviera SIN EXAMEN a la 12.ª Sala Civil del Tribunal Regional de Apelaciones de Estambul, de conformidad con el artículo 310/3 del Código de Procedimiento Civil, para una decisión adicional sobre la renuncia a la reclamación, y que se reembolsara al apelante, previa solicitud, la tasa de apelación anticipada pagada

Deja una respuesta

Botón Llamar ahora