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Ejemplo de contrato-5

CONTRATO DE SERVICIOS DE AUDITORÍA Y CERTIFICACIÓN DE CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO

ARTÍCULO 1 - PARTES

1.1. Contador Público Certificado

Nombre Apellido / Título: ………………………………………………..
Dirección: ………………………………………………..
Cámara de Comercio: ………………………………………………..
Número de Registro de la Cámara: ………………………………………………..
Número de Sello: ………………………………………………..
Oficina de Impuestos / Número de Impuesto: ………………………………………………..
Teléfono: ………………………………………………..
Correo Electrónico: ………………………………………………..
Dirección KEP: ………………………………………………..

En adelante "YMM" .

1.2. Propietario de negocio / Empresa / Contribuyente

Nombre comercial / Nombre y apellidos: ………………………………………………..
Dirección: ………………………………………………..
Oficina tributaria / Número de identificación fiscal: ………………………………………………..
Número de registro mercantil / Número MERSIS: ………………………………………………..
Teléfono: ………………………………………………..
Correo electrónico: ………………………………………………..
Dirección de correo electrónico registrada: ………………………………………………..
Persona autorizada: ………………………………………………..

De ahora en adelante, "el/la propietario/a del negocio" .

El Contador Público Certificado (CPA) y el Propietario del Negocio serán denominados colectivamente "Partes" e individualmente "Parte .


ARTÍCULO 2 - DEFINICIONES

En este acuerdo;

2.1. Servicio de Certificación: De conformidad con la Ley N° 3568 y la legislación relacionada, esto incluye la revisión y certificación de las declaraciones anuales de renta o de impuestos corporativos, junto con sus estados financieros adjuntos, declaraciones y otros procesos de certificación acordados por las partes, en cumplimiento de la legislación.

2.2. Trabajo de auditoría: Los procesos de revisión, comparación, conciliación, evaluación, prueba y verificación de documentos y registros, que forman la base del servicio de certificación,

2.3. Documentos de respaldo: Libros mayores, declaraciones, registros de inventario, nóminas, registros bancarios, facturas, contratos, decisiones de gestión, estados financieros y otros documentos de respaldo.

2.4. Carta de declaración: Una declaración firmada por el propietario de la empresa que confirma por escrito la exactitud y la integridad de la información y los documentos presentados al contador público certificado.

2.5. Informe / Informe de certificación: El informe de certificación u opinión preparado por el Contador Público Certificado de conformidad con la legislación y que debe presentarse a las autoridades pertinentes.

Lo expresa.


ARTÍCULO 3 - OBJETO DEL ACUERDO

El propósito del presente acuerdo es revisar, auditar y certificar la declaración anual de la renta o del impuesto sobre sociedades del empleador, los estados financieros adjuntos, las notificaciones y demás transacciones financieras y fiscales acordadas para el período contable correspondiente, dentro del marco de la legislación aplicable; y regular los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes con respecto a la prestación de estos servicios.


ARTÍCULO 4 - ALCANCE DEL ACUERDO

4.1.

El Contador Público Certificado (CPA) prestará los siguientes servicios en virtud del presente acuerdo:

a. Revisión de las declaraciones de impuestos sobre la renta o de sociedades,
b. Evaluación de los estados financieros y las declaraciones adjuntas a la declaración desde una perspectiva legal,
c. Auditoría de los registros y documentos contables que se consideren necesarios,
d. Identificación de áreas de riesgo fiscal y evaluación del cumplimiento de la legislación,
e. Preparación del informe de certificación,
f. Otras tareas de certificación o auditoría que se realicen con el acuerdo escrito de las partes.

4.2.

El proceso de certificación debe basarse en una auditoría. Una certificación puramente formal no puede llevarse a cabo sin una base de auditoría.

4.3.

A continuación se especifican el alcance del servicio contemplado en este contrato, el objeto de la certificación y el período contable correspondiente:

Fecha del contrato: ………………………………………………..
Número de contrato: ………………………………………………..
Período contable: ………………………………………………..
Objeto de la certificación: ………………………………………………..


ARTÍCULO 5 - MÉTODO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

5.1.

El Contador Público Certificado (CPA) llevará a cabo el trabajo en virtud del presente acuerdo dentro del marco de la legislación pertinente, las normas profesionales, los principios éticos profesionales, los principios de contabilidad generalmente aceptados y los enfoques de auditoría.

5.2.

Un contador público certificado (CPA, por sus siglas en inglés) puede realizar el servicio personalmente o, manteniendo la supervisión y la responsabilidad, puede hacer que lo realicen sus propios colegas o personal de apoyo.

5.3.

Sin el consentimiento por escrito del Contador Público Certificado (CPA), el trabajo cubierto por el contrato no puede transferirse a otro CPA o profesional, ni se puede establecer una relación de certificación duplicada para el mismo período.

5.4.

La revisión del Contador Público Certificado (CPA) se basa en los registros y documentos presentados, las declaraciones realizadas y las fuentes de verificación disponibles. Este servicio no constituye una garantía absoluta e ilimitada.


ARTÍCULO 6 - OBLIGACIONES DEL CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO

Contador Público Certificado (CPA);

6.1. Realizar las tareas contempladas en este contrato con el cuidado, la diligencia y la profesionalidad necesarios

6.2. Informar al empleador por escrito o electrónicamente si observa alguna violación, deficiencia, contradicción o riesgo relacionado con la legislación,

6.3. Para proteger la información y los documentos proporcionados por el Empleador, dentro del alcance de las obligaciones de confidencialidad,

6.4. Para conservar los papeles de trabajo, notas e informes de auditoría que deben conservarse por ley durante el período legalmente exigido,

6.5. No compartir con terceros la información comercial, financiera y fiscal obtenida durante la prestación del servicio, salvo en casos de obligación legal

6.6. La empresa elaborará el informe de certificación de acuerdo con los plazos legales, siempre que toda la información y los documentos se le presenten de forma completa y puntual

Él/Ella acepta y se compromete.


ARTÍCULO 7 - DERECHOS DEL CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO

Contador Público Certificado (CPA);

7.1. Solicitamos todos los libros de contabilidad, documentos, registros, contratos, transacciones bancarias, datos electrónicos, información de inventario y documentos justificativos necesarios para el servicio

7.2. El derecho a solicitar explicaciones por escrito, declaraciones de la dirección e información adicional cuando se considere necesario

7.3. Suspender el servicio o abstenerse de elaborar un informe si se proporciona información incompleta, contradictoria, engañosa o no verificable

7.4. Solicitamos el pago puntual de las tasas y gastos estipulados en el contrato

Tienen derechos.


ARTÍCULO 8 - OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

Dueño de negocio;

8.1. Es personalmente responsable de llevar la contabilidad, garantizar la exactitud de los registros, la correcta creación y mantenimiento de los libros de contabilidad y la exactitud de los documentos en los que se basan

8.2. El contador público certificado deberá proporcionar toda la información y los documentos solicitados de forma completa, veraz y dentro del plazo especificado

8.3. El Contador Público Certificado reconoce que toda la responsabilidad legal y financiera recae sobre él/ella si se descubre alguna falsificación, engaño, colusión o inexactitud en los registros y documentos que se le presenten

8.4. La empresa evaluará las advertencias, los hallazgos y las recomendaciones formuladas por el contador público certificado en un plazo razonable y realizará las correcciones necesarias

8.5. El proceso de certificación garantizará que los gerentes, contadores, responsables financieros y demás personal trabajen en cooperación con el Contador Público Certificado

8.6. Confirmará la exactitud de la información utilizada en la preparación de la declaración y los estados financieros mediante una declaración escrita

Él/Ella acepta y se compromete.


ARTÍCULO 9 - PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN

9.1.

El empleador deberá presentar los documentos e información cubiertos por el contrato al contador público certificado a más tardar en las siguientes fechas:

  • Estados financieros intermedios: ………………………………………………..
  • Balance final: ………………………………………………..
  • Resultados del inventario y recuento: ………………………………………………..
  • Archivos de trabajo que constituyen la base de la declaración: ………………………………………………..
  • Declaración de la dirección: ………………………………………………..

9.2.

Los documentos podrán entregarse físicamente, por correo electrónico seguro, correo electrónico certificado (KEP) o mediante un sistema de transferencia de datos digitales acordado por las partes.

9.3.

En caso de retraso en la presentación de documentos, el Contador Público Certificado no será responsable de las consecuencias derivadas de los plazos legales, en la medida en que el retraso no se deba a su propia culpa.

9.4.

El empleador es responsable de cualquier riesgo fiscal, sanción, interés, retraso en la presentación de informes o falta de certificación que pueda surgir debido a la presentación incompleta o tardía de información y documentos.


ARTÍCULO 10 - DECLARACIÓN DEL EMPLEADOR

10.1.

El Cliente se compromete a proporcionar una declaración escrita que contenga los siguientes puntos al finalizar el proceso de certificación o cuando lo solicite el Contador Público Certificado:

a. Toda la información y los documentos presentados son precisos y completos,
b. No se han omitido transacciones significativas,
c. No se ha ocultado ningún asunto significativo que pudiera afectar el resultado fiscal,
d. La declaración de impuestos y los estados financieros son consistentes con la realidad comercial y financiera.

10.2.

Si no se proporciona esta declaración, el contador público certificado puede abstenerse de preparar el informe de auditoría o puede anotarlo por separado en el informe.


ARTÍCULO 11 - INDEPENDENCIA Y CONFLICTO DE INTERESES

11.1.

El Contador Público Certificado declara que no existe ninguna situación en la prestación del servicio que pueda comprometer su independencia o poner en duda su imparcialidad.

11.2.

Si durante la vigencia del contrato surge alguna situación que pudiera afectar su independencia, el Contador Público Certificado deberá informar inmediatamente al Cliente.

11.3.

El cliente no podrá dar instrucciones que comprometan la independencia del Contador Público Certificado; solicitar la preparación de un informe que sea contrario a la verdad; ni solicitar una transacción que sea contraria a la legislación vigente.


ARTÍCULO 12 - CONFIDENCIALIDAD

12.1.

Las partes deberán proteger todos los secretos comerciales, la información de producción, los datos financieros, los registros de clientes, los contratos, los estados financieros, la planificación fiscal y demás información confidencial obtenida en virtud del presente acuerdo.

12.2.

Salvo en los casos exigidos por ley, un Contador Público Certificado (CPA) no puede divulgar información ni documentos pertenecientes al Cliente a terceros.

12.3.

El cliente no podrá publicar los métodos de trabajo, la estructura de honorarios, las notas de opinión ni las evaluaciones internas del Contador Público Certificado a terceros sin su autorización.

12.4.

La obligación de confidencialidad continúa incluso después de la finalización del contrato.


ARTÍCULO 13 - SALARIOS

13.1.

La tarifa de servicio acordada en este contrato es de ……………… TL / USD / EUR + IVA

13.2.

El método de pago es el siguiente:

  • Pago anticipado en la fecha del contrato: ………………………………………………..
  • Pago provisional: ………………………………………………..
  • Pago final: ………………………………………………..

13.3.

Salvo acuerdo en contrario, el importe íntegro deberá abonarse antes de la entrega del informe de certificación.

13.4.

El IVA no está incluido en el precio. Las obligaciones fiscales se aplican por separado según la legislación vigente.

13.5.

Los derechos de timbre y demás obligaciones financieras derivadas de la preparación del contrato a partes iguales por las partes / por el Empleador / según lo acordado por separado .


ARTÍCULO 14 - GASTOS ADICIONALES

14.1.

Los gastos de viaje fuera de la ciudad, alojamiento, honorarios notariales, envío, uso de software especializado, opiniones de expertos externos, procesos especiales de conciliación, gastos de comunicación internacional y costos similares no están incluidos en el precio del contrato y deben ser asumidos por el empleador.

14.2.

Estos gastos se cobran contra la presentación de documentación o facturas/recibos.


ARTÍCULO 15 - INCUMPLIMIENTO DE PAGO

15.1.

Si el cliente no paga a tiempo los honorarios o gastos acordados, el Contador Público Certificado podrá suspender el servicio, total o parcialmente.

15.2.

En caso de impago, el Contador Público Certificado se reserva el derecho de emprender acciones legales para cobrar la deuda.

15.3.

La entrega del informe de certificación no es obligatoria antes del pago; sin embargo, el contador público certificado puede, a su discreción, posponer la entrega del informe hasta después del pago.


ARTÍCULO 16 - RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD

16.1.

La responsabilidad del Contador Público Certificado se limita a los daños que surjan directamente de su propia culpa y del incumplimiento en la prestación adecuada de los servicios estipulados en el contrato.

16.2.

El Contador Público Certificado no se hace responsable de las consecuencias derivadas de documentos e información falsos, engañosos, incompletos o inexactos proporcionados por el propietario del negocio; hechos ocultos mediante fraude; transacciones fraudulentas; asuntos no contabilizados; o declaraciones engañosas.

16.3.

El Contador Público Certificado (CPA) se reserva el derecho de emprender acciones legales contra el Cliente en la medida en que se le considere responsable ante la administración pública, particulares o terceros por acciones ocultas que, a pesar de haber ejercido la diligencia y el cuidado exigidos por la profesión, no pudieron ser descubiertas mediante técnicas de auditoría razonables.

16.4.

El propietario del negocio también es responsable de cualquier acción incompleta o errónea realizada por su propio personal, departamento de contabilidad, asesor financiero o consultores externos.


ARTÍCULO 17 - SUSPENSIÓN DE TRABAJOS

Un contador público certificado puede cesar sus operaciones en los siguientes casos:

a. No proporcionar información y documentos a tiempo,
b. Presentación de documentos falsos o engañosos,
c. Obligar al contador público certificado a actuar en violación de las regulaciones,
d. Falta de pago de honorarios y gastos,
e. El surgimiento de una situación que comprometa la independencia.

En este caso, el Contador Público Certificado (CPA) informará al Cliente por escrito. Si la discrepancia no se subsana en un plazo razonable, el contrato podrá rescindirse.


ARTÍCULO 18 - DURACIÓN DEL ACUERDO

18.1.

Este acuerdo entra en vigor el ../../…. y es válido por al menos …….. años / hasta el final del período contable correspondiente .

18.2.

alguna de las partes notifique por escrito su intención de rescindir el contrato con al menos …… meses de antelación a su vencimiento, este se considerará prorrogado por un año más en las mismas condiciones. La tarifa correspondiente al nuevo periodo se determinará por escrito y de forma independiente.


ARTÍCULO 19 - TERMINACIÓN

19.1.

Cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato de inmediato si existen razones justificadas derivadas de la ley.

19.2.

Se consideran motivos válidos de rescisión los siguientes:

a. Que el cliente presente documentos falsos,
b. Que el contador público certificado viole claramente las normas profesionales,
c. Que no se paguen los honorarios,
d. Que se produzca un incumplimiento grave de la obligación de proporcionar información y documentos,
e. Que cese de operaciones, quiebra o liquidación de una de las partes.

19.3.

En las rescisiones ordinarias que no sean por justa causa, la parte que rescinde deberá proporcionar un aviso por escrito con al menos …….. meses de anticipación


ARTÍCULO 20 - CONSECUENCIAS DE LA TERMINACIÓN

20.1.

El Contador Público Certificado (CPA) tiene derecho a solicitar honorarios en proporción al trabajo completado y al trabajo realizado hasta la fecha de finalización.

20.2.

El empleador también deberá pagar los gastos razonables incurridos hasta la fecha de finalización del contrato.

20.3.

El Contador Público Certificado (CPA) devolverá los documentos originales que se le hayan entregado hasta esa fecha, siempre que se hayan pagado los honorarios y gastos; sin embargo, las notas de trabajo y los documentos de auditoría interna podrán permanecer en su poder dentro del marco de la legislación y las normas profesionales.


ARTÍCULO 21 - FUERZA MAYOR

Los eventos que escapan al control de las partes, tales como desastres naturales, guerra, terrorismo, incendios, fallas prolongadas del sistema, epidemias, prohibiciones oficiales y colapso de la infraestructura de comunicaciones, se consideran fuerza mayor. En caso de fuerza mayor, la parte afectada deberá notificar inmediatamente a la otra parte. Las obligaciones quedan suspendidas durante el período de fuerza mayor.


ARTÍCULO 22 - NOTIFICACIÓN

22.1.

Las direcciones de las partes que figuran en este acuerdo son sus direcciones legales a efectos de notificación de procesos judiciales.

22.2.

Los cambios de domicilio los 7 días posteriores . De lo contrario, las notificaciones enviadas a la dirección anterior se considerarán válidas.

22.3.

Las notificaciones enviadas por correo electrónico certificado (KEP), notario público, correo certificado con acuse de recibo y correo electrónico de confirmación por escrito se consideran pruebas válidas.


ARTÍCULO 23 - ACUERDO SOBRE PRUEBAS

Los libros y registros comerciales de las partes, los estados financieros, la correspondencia por correo electrónico, las transmisiones de correo electrónico certificado (KEP), los comprobantes de entrega, los registros de conciliación, los extractos bancarios y los datos electrónicos que cumplan con la ley podrán utilizarse como prueba en las disputas.


ARTÍCULO 24 - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Opción 1 – Basada en la Junta de Arbitraje de la Cámara

Las partes acuerdan recurrir en primer lugar al mecanismo de arbitraje/conciliación de la Cámara de Contadores Públicos Certificados correspondiente en caso de controversias derivadas del presente acuerdo. Si no se logra una solución, los Tribunales y Oficinas de Ejecución de …………………… tendrán jurisdicción.

Opción 2 – Jurisdicción directa

Los Tribunales (Centros) y las Oficinas de Ejecución de Estambul tendrán jurisdicción sobre cualquier disputa que surja del presente acuerdo .


ARTÍCULO 25 - ENTRADA EN VIGOR Y COPIAS

25.1.

Este acuerdo consta de 25 artículos y ha sido redactado en dos copias y firmado el ../../….

25.2.

Las partes reconocen haber recibido una copia del acuerdo.


PROPIETARIO DEL NEGOCIO / EMPRESA
Título:
Persona autorizada:
Firma:

CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO
Nombre Apellido / Cargo:
Firma:

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