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La colusión y sus consecuencias jurídicas (Código de Obligaciones turco, artículo 19)

En el derecho contractual turco la colusiónse define como la simulación de un contrato entre partes que no tenían intención de celebrarlo, con el fin de engañar a terceros. En otras palabras, se simula una transacción entre las partes, pero esta no refleja sus verdaderas intenciones. Dado que la colusión socava la confianza en las transacciones legales, está regulada explícitamente por el legislador y se castiga con la nulidad absoluta.

Base legal

Según el artículo 19/1 del Código de Obligaciones turco n.º 6098 : «Un contrato se considera fraudulento si no refleja las verdaderas intenciones de las partes. Un contrato fraudulento es absolutamente nulo y sin efecto».

El segundo párrafo del mismo artículo establece que si un contrato aparentemente fraudulento es en realidad un contrato oculto que refleja las verdaderas intenciones de las partes, su validez estará sujeta a las disposiciones generales. Esta normativa distingue entre transacciones fraudulentas y transacciones que las partes tenían la intención genuina de realizar.

Elementos de simulación

  1. Acuerdo entre las partes: Las partes deben acordar, aparentemente, realizar una transacción. Este acuerdo constituye la base de la colusión.

  2. Transacción aparente: Las partes deben realizar una transacción que pueda inducir a error a terceros. Por ejemplo, un contrato de compraventa podría presentarse como una donación.

  3. Discrepancia con la intención real: La transacción no refleja las verdaderas intenciones de las partes. Por ejemplo, presentar una donación como una venta.

  4. Finalidad del engaño a terceros: La finalidad principal de la colusión es engañar a los acreedores, a las autoridades públicas o a terceros.

Tipos de colusión

  • Simulación absoluta: Las partes no tienen intención real de celebrar ninguna transacción legal; la transacción se realiza únicamente aparentando ser legal. Por ejemplo, la firma de un contrato de compraventa que en realidad no existe. En este caso, la transacción aparente es absolutamente nula.

  • Simulación relativa: Las partes aparentemente realizan una transacción, pero detrás de esta transacción aparente se esconde otra transacción diferente. Por ejemplo, presentar una donación como una venta. En este caso, la transacción aparente es inválida, mientras que la transacción oculta es válida si cumple con los requisitos legales.

Consecuencias legales

  • Nulidad absoluta: Una transacción colusoria es absolutamente nula según el artículo 19 del Código de Obligaciones turco. Es decir, es inválida desde el principio y carece de consecuencias jurídicas.

  • Estatus de una transacción oculta: Si existe una transacción oculta tras la colusión que se ajusta a las intenciones de las partes, dicha transacción se considera válida siempre que cumpla con las disposiciones generales. Por ejemplo, en un contrato de compraventa presentado como una donación, esta será válida si se han cumplido los requisitos formales de la misma.

  • Protección de terceros: Dado que la colusión a menudo tiene como objetivo engañar a terceros, los acreedores pueden interponer una "demanda de anulación de transacción" de conformidad con los artículos 277 y siguientes de la Ley de Ejecución y Quiebras para lograr la anulación de las transacciones colusorias

Práctica ante la Corte Suprema

En las sentencias del Tribunal Supremo, la colusión se ha evaluado generalmente transferencias realizadas con el fin de evadir a los acreedores y transacciones que ocultan la verdadera intención . En particular, en la compraventa de bienes inmuebles, el Tribunal Supremo considera colusorias las transacciones que en realidad son donaciones presentadas como ventas, o las transacciones de venta inscritas en el registro de la propiedad para evadir a los acreedores. La Asamblea General de Derecho Civil del Tribunal Supremo y las salas pertinentes examinan las relaciones sociales de las partes, su situación económica y el curso normal de sus vidas para determinar la existencia de colusión.

Conclusión

La colusión se refiere a las transacciones realizadas por las partes con la intención de engañar a terceros, que no reflejan sus verdaderas intenciones. Según el artículo 19 del Código de Obligaciones turco, las transacciones colusorias son absolutamente nulas. Sin embargo, si existe una transacción oculta subyacente a la colusión que refleje las verdaderas intenciones de las partes, dicha transacción es válida siempre que cumpla con los requisitos legales. La jurisprudencia del Tribunal Supremo también demuestra que la colusión se produce con frecuencia, especialmente en transacciones realizadas con el fin de ocultar activos a los acreedores.

Asel DONGELLI

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