Cárteles en el Derecho de la Competencia
Cárteles en el Derecho de la Competencia: Definición, Elementos, Tipos, Prueba, Sanciones y su Lugar en la Práctica
1. Introducción
El buen funcionamiento de una economía de libre mercado depende de que las empresas puedan tomar decisiones de forma independiente y de que la competencia entre ellas se mantenga sin distorsiones. Proteger la competencia no solo garantiza que los consumidores tengan acceso a productos y servicios a precios más bajos, sino que también fomenta la innovación, sienta las bases para un uso eficiente de los recursos y apoya el crecimiento económico a largo plazo.
Sin embargo, a lo largo de la historia, siempre se ha observado la existencia de acuerdos clandestinos destinados a eliminar la competencia entre empresas rivales. Si bien estas colaboraciones pueden parecer beneficiosas para las empresas a corto plazo desde una perspectiva económica, conllevan una pérdida de bienestar social. Por ello, la prohibición de los cártelesconstituye uno de los pilares fundamentales del derecho de la competencia moderno.
En la legislación turca sobre competencia, la prohibición de los cárteles está regulada explícitamente por la Ley n.º 4054 sobre la Protección de la Competencia, que entró en vigor en 1994. El artículo 4 de dicha ley prohíbe los acuerdos, las acciones concertadas y las decisiones de las empresas que restrinjan la competencia; entre ellas, los cárteles se destacan como el tipo de infracción más grave.
2. Definición y fundamento jurídico de los cárteles
2.1. Descripción general
Un cártel es un acuerdo escrito, oral o secreto entre empresas competidoras cuyo objetivo es eliminar o restringir significativamente la libre competencia. Los cárteles suelen operar en secreto y se consideran la infracción más grave de la legislación sobre competencia debido a sus efectos perjudiciales para el orden económico.
2.2. Regulación en la legislación turca
El artículo 4 de la Ley N° 4054 prohíbe todos los acuerdos que restrinjan la competencia. El texto del artículo "propósito o efecto ". Por consiguiente, que tengan por objeto ya se consideran una infracción; los acuerdos que no tengan por objeto restringir la competencia, pero que produzcan un efecto real, también quedan comprendidos en el ámbito de la prohibición de cárteles.
2.3. Relación con el Derecho Internacional
En el derecho de la Unión Europea el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europearegula la prohibición de los cárteles. El derecho turco ha tomado como modelo el derecho de la competencia de la UE, y existe un paralelismo en la práctica. De este modo, Turquía también cumple con sus obligaciones de armonización en el marco de la Unión Aduanera con la UE.
3. Elementos del cártel
3.1. Acuerdo o acción concertada entre las partes
Para que exista un cártel, no se requiere un acuerdo por escrito. Basta con acuerdos implícitos entre empresas competidoras, reuniones periódicas y movimientos de precios coordinados.
3.2. La existencia de empresas competidoras
Los cárteles solo existen en relaciones horizontales , es decir, entre empresas que operan al mismo nivel de producción o distribución
3.3. Finalidad o efecto de la restricción de la competencia
En cuanto a la intención, los cárteles constituyen una infracción grave. Esto significa que se consideran infractores sin necesidad de un análisis de impacto adicional.
3.4. Impacto en el mercado
La doctrina del efecto se ha incorporado al derecho de la competencia turco . Según esta doctrina, incluso si un acuerdo de cártel se celebra en el extranjero, si tiene efecto en el mercado turco, se aplica la Ley n.º 4054.
4. Tipos de cárteles
Los cárteles pueden eliminar la competencia mediante diversos métodos. Los principales tipos son:
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Cártel de fijación de precios
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Determinar conjuntamente los precios de venta, las tasas de descuento o los márgenes de beneficio.
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El consumidor paga directamente un precio más alto.
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Cártel de reparto de clientes o territorio
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La división de los mercados entre las empresas.
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Por ejemplo: "Tú vendes a la región del Egeo y yo vendo a la región de Mármara"
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Restricción de la producción o el suministro
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Al restringir la oferta del producto, el objetivo es aumentar los precios.
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Manipulación de licitaciones
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Licitaciones fraudulentas, victorias alternas, retiradas acordadas.
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Es habitual en las licitaciones públicas.
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Cárteles del mercado laboral
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Empresas que determinan conjuntamente los salarios o beneficios de los empleados.
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Acuerdos de no caza furtiva.
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Cártel mediante intercambio de información
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Compartir secretos comerciales como precios futuros y cantidades de producción.
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Incluso los intercambios de información aparentemente inocentes pueden facilitar la formación de cárteles.
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Cárteles con estructura de centro y radios
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Los competidores se coordinan indirectamente a través de un proveedor o distribuidor.
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5. Pruebas del cártel
Los cárteles suelen ser difíciles de probar porque operan en secreto. La Autoridad de Competencia puede descubrirlos utilizando pruebas tanto directas como indirectas
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Pruebas directas: Correspondencia, correos electrónicos, actas de reuniones, grabaciones de audio.
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Evidencia indirecta: Movimientos de precios similares, similitudes anormales en las ofertas, patrones de comportamiento paralelos.
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Análisis económico: Estructura del mercado, tendencias de precios, equilibrio entre oferta y demanda.
6. Sanciones aplicadas a los cárteles
6.1. Multas administrativas
Según el artículo 16 de la Ley N° 4054, las empresas que infrinjan la normativa sobre cárteles serán multadas con un porcentaje determinado de sus ingresos brutos anuales. Este porcentaje suele oscilar entre el 2 % y el 4 %, pero puede llegar hasta el 10 % en casos de infracciones graves.
6.2. Responsabilidad de los gerentes
Los directivos y empleados de la empresa también pueden ser considerados directamente responsables.
6.3. Sanción por nulidad
Los acuerdos de cártel son absolutamente nulos y sin efecto según el Código de Obligaciones turco.
6.4. Derecho a indemnización
Quienes hayan resultado perjudicados por el cártel pueden reclamar una indemnización de hasta tres veces el importe de los daños sufridos.
7. Mecanismos especiales para combatir los cárteles
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El Programa de Arrepentimiento: Impunidad o reducción de penas para quien se comprometa por primera vez a denunciar al cártel.
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Mecanismo de conciliación: Reducción de las sanciones para las empresas que admitan la infracción.
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Autoridad de inspección in situ: La institución tiene la facultad de recopilar documentos mediante redadas sorpresa.
8. Práctica judicial y administrativa turca
Las decisiones de la Junta de Competencia son particularmente importantes para la aplicación de las leyes relativas a los cárteles de licitación, la colusión en las ofertas públicas y la fijación de precios en los sectores energético y alimentario. El Tribunal Supremo también el acuerdo tácito para probar la existencia de un cártel, sin exigir un acuerdo por escrito.
9. Evaluación y conclusión
Los cárteles constituyen las violaciones más graves del derecho de la competencia, ya que socavan el funcionamiento de una economía de libre mercado. Reducen directamente el bienestar del consumidor, elevan los precios, disminuyen la calidad y obstaculizan la innovación. En la legislación turca sobre competencia, los cárteles están estrictamente prohibidos por la Ley n.º 4054, que estipula severas sanciones.
Actualmente, las autoridades de competencia también desempeñan un papel activo en la lucha contra los nuevos tipos de cárteles, especialmente los que surgen en la economía digital. La colusión en los mercados laborales, la fijación de precios algorítmica y los cárteles de plataformas se consideran entre los nuevos tipos de infracciones.
En conclusión, la prohibición de los cárteles es indispensable tanto desde el punto de vista jurídico como económico. La supervisión efectiva de la Autoridad de Competencia, así como los mecanismos de clemencia y transacción, se presentan como herramientas importantes en la lucha contra los cárteles.